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dc.rights.licenseLicencia Atribución 2.5 Argentina (CC BY 2.5 AR)spa
dc.creatorGonzález Acosta, Gonzalospa
dc.date2004spa
dc.date.accessioned2023-12-12T19:10:42Z-
dc.date.available2023-12-12T19:10:42Z-
dc.identifier.citationGonzález Acosta, G. (2004). Algunas reflexiones sobre la Ley General del Ambiente- Ley 25675. Propuestas 7(11), 25-32. Repositorio Digital UNLaM. http://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/1767spa
dc.identifier.urihttp://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/1767spa
dc.descriptionCon el objeto de dar cumplimiento a uno de los mandatos enunciados en el artículo cuarenta y uno (41) de la Constitución Nacional que establece: "...co­rresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos míni­mos dé protección …", la denominada Ley General del Ambiente (25.675) los establece, para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. El fin buscado, entonces, es el logro de una gestión sus­tentable y adecuada del ambiente, como asimismo la preservación y protección de la diversidad biológica. La misma ley establece que se entiende por presupuesto mínimo "a toda nor­ma que concede una tutela ambiental uniforme; y común para todo el territorio nacional, y tiene por objetivo imponer condiciones necesarias para asegurar h protección ambiental. Aclaración, además, que en su contenido debe prever con­diciones necesarias para garantizar la dinámica de los sistemas ecológicos, mante­ner su capacidad de carga y, en general, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo sustentable. Ámbito de aplicación y caracteres de validez de otras normas. En relación con el ámbito de aplicación e establece que la Ley 23.675 rige en todo el territorio de la nación, sus disposiciones son de orden público y (por expresa disposición legal) se utilizarán para la interpretación y aplicación de la le­gislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su vigencia en cuanto no se-oponga a los principios y disposiciones contenidos en ésta. Como complemento de lo anterior, se establece que la legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijados en la presente ley, y en caso de que así no fuese, ésta prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga.spa
dc.descriptionFil: González Acosta, Gonzalo. Universidad Nacional de La Matanza; Argentina.spa
dc.formatapplication/pdfspa
dc.format.extent8 p.spa
dc.languagespaspa
dc.publisherUniversidad Nacional de La Matanzaspa
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by/2.5/ar/spa
dc.sourceRevista Propuestas. 2004; 7(11) : 25-32spa
dc.sourceISSN 0328-3488spa
dc.subjectGESTION AMBIENTALspa
dc.subjectPROTECCION AMBIENTALspa
dc.subjectPOLITICA AMBIENTALspa
dc.subjectDERECHO AMBIENTALspa
dc.titleAlgunas reflexiones sobre la Ley General del Ambiente- Ley 25675spa
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlespa
dc.typeinfo:ar-repo/semantics/artículospa
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionspa
Aparece en las colecciones: 2004, Año 7, N° 11

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