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dc.rights.licenseLicencia Creative Commons Atribución 2.5 Argentina (CC BY 2.5 AR)spa
dc.creatorBottini Bulit, Alejandrospa
dc.date2006spa
dc.date.accessioned2024-02-15T21:07:01Z-
dc.date.available2024-02-15T21:07:01Z-
dc.identifier.citationBottini Bulit, A. (2006). CIADI, supremacía constitucional y "hacerse cargo". Propuestas 9(13), 79-91. Repositorio Digital UNLaM. http://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/1858spa
dc.identifier.urihttp://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/1858spa
dc.descriptionDesde fines del año 2001, fecha en que se agudizó la crisis de la economía argentina, nuestro país fue demandado en 29 oportunidades frente al CIADI (Centro Internacional de Arreglo de diferencias Relativas a Inversiones) constituyendo esta cantidad de con­troversias un importante porcentaje de los procesos que allí se están desarrollando. Frente a estas demandas en sede internacional no resulta casual que el Dr. Horacio Daniel Rosatti haya planteado doctrinariamente la inconstitucionalidad de los Tratados de protección y promoción recíproca de inversiones (en adelante TBI), que son los ins­trumentos internacionales que disparan la intervención del CIADI, fundamentando tal posición en su pugna con el artículo 27 de la Constitución Nacional en cuanto prohíbe que los tratados internacionales violen los principios de derecho publico de nuestro ordenamiento. En el presente trabajo, y utilizando corno disparador la problemática rese­ñada, buscaremos dilucidar los siguientes interrogantes: ¿Se puede, con el argumento de la prelación normativa que establece nuestro ordenamiento jurídico (y el con­trol de constitucionalidad consiguiente), incumplir obligaciones derivadas de los tratados internacionales de protección de inversiones y de órganos creados o re­ conocidos por dichos tratados para resolver controversias? 4 Y si esta pregunta resulta afirmativa ¿puede generar tal conducta responsabilidad internacional del Estado? Aspiramos a realizar un desarrollo conciso y ordenado de las distintas cuestio­nes planteadas, no a los efectos de agotar la temática con un tratamiento pormenoriza­ do, sino con el fin de clarificar el sustrato jurídico que sostiene nuestra posición al respecto.spa
dc.descriptionFil: Bottini Bulit, Alejandro. Universidad Nacional de La Matanza; Argentina.spa
dc.formatapplication/pdfspa
dc.format.extent13 p.spa
dc.languagespaspa
dc.publisherUniversidad Nacional de La Matanzaspa
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by/2.5/ar/spa
dc.sourceRevista Propuestas. 2006; 9(13) : 79-91spa
dc.sourceRevista Propuestas. 2006; 9(13) : 79-91spa
dc.sourceISSN 0328-3488spa
dc.subjectINVERSIONES EXTRANJERASspa
dc.subjectINVERSIONESspa
dc.subjectRESPETO DE LOS TRATADOSspa
dc.subjectDERECHO PUBLICOspa
dc.subjectACUERDOS ECONOMICOSspa
dc.subjectTRATADOSspa
dc.titleCIADI, supremacía constitucional y "hacerse cargo"spa
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/articlespa
dc.typeinfo:ar-repo/semantics/artículospa
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionspa
Aparece en las colecciones: 2006, Año 9, N° 13

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