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http://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/1767
Autor(es): | González Acosta, Gonzalo |
Título: | Algunas reflexiones sobre la Ley General del Ambiente- Ley 25675 |
Descriptores y temas: | GESTION AMBIENTAL PROTECCION AMBIENTAL POLITICA AMBIENTAL DERECHO AMBIENTAL |
Editor: | Universidad Nacional de La Matanza |
Referencia sugerida: | González Acosta, G. (2004). Algunas reflexiones sobre la Ley General del Ambiente- Ley 25675. Propuestas, 7(11), 25-32. Repositorio Digital UNLaM. http://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/1767 |
Resumen y filiaciones: | Con el objeto de dar cumplimiento a uno de los mandatos enunciados en el artículo cuarenta y uno (41) de la Constitución Nacional que establece: "...corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos dé protección …", la denominada Ley General del Ambiente (25.675) los establece, para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable. El fin buscado, entonces, es el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, como asimismo la preservación y protección de la diversidad biológica. La misma ley establece que se entiende por presupuesto mínimo "a toda norma que concede una tutela ambiental uniforme; y común para todo el territorio nacional, y tiene por objetivo imponer condiciones necesarias para asegurar h protección ambiental. Aclaración, además, que en su contenido debe prever condiciones necesarias para garantizar la dinámica de los sistemas ecológicos, mantener su capacidad de carga y, en general, asegurar la preservación ambiental y el desarrollo sustentable. Ámbito de aplicación y caracteres de validez de otras normas. En relación con el ámbito de aplicación e establece que la Ley 23.675 rige en todo el territorio de la nación, sus disposiciones son de orden público y (por expresa disposición legal) se utilizarán para la interpretación y aplicación de la legislación específica sobre la materia, la cual mantendrá su vigencia en cuanto no se-oponga a los principios y disposiciones contenidos en ésta. Como complemento de lo anterior, se establece que la legislación provincial y municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijados en la presente ley, y en caso de que así no fuese, ésta prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga. Fil: González Acosta, Gonzalo. Universidad Nacional de La Matanza; Argentina. |
URI: | http://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/1767 |
Otros identificadores: | https://ror.org/01bmj8t37 |
Aparece en las colecciones: | 2004, Año 7, N° 11 |
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