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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.rights.licenseLicencia Creative Commons Atribución-Sin Derivados 4.0 Internacional (CC BY-ND 4.0)spa
dc.contributorSchurig, Harryspa
dc.creatorSaporiti, Robertospa
dc.date2015spa
dc.date.accessioned2024-10-28T12:15:14Z-
dc.date.available2024-10-28T12:15:14Z-
dc.identifierhttps://ror.org/01bmj8t37spa
dc.identifier.citationSaporiti, R. (2015). Importación y exportación de dinero en efectivo. Problemática que representa el encuadre jurídico [Tesis de especialización en Gestión Aduanera, Universidad Nacional de La Matanza]. Repositorio Digital UNLaM. http://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/2416spa
dc.identifier.urihttp://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/2416spa
dc.descriptionLas distintas ilicitudes que pueden configurarse como consecuencia de la conducta de extraer o introducir dinero al país, resultan de relevancia tanto para el Banco Central de la República Argentina, como para la Dirección General de Aduanas y, por ello, se generan problemas relacionados con la ley aplicable. La función principal de la Aduana consiste en aplicar toda la legislación que regula la entrada y salida de mercaderías. En esta legislación se contemplan, entre otras cuestiones, las prohibiciones a la importación y a la exportación. A finales del año 2001, en medio de una crisis económica y política de gran magnitud, con la finalidad declarada de evitar la inestabilidad en el nivel de los depósitos en el sistema financiero, el poder ejecutivo nacional -en ejercicio de sus facultades para establecer prohibiciones a las exportaciones­ dictó los decretos 1570/2001 y 1606/2001. Mediante éste último decreto -que sustituyó el art. 7 del primero- se estableció una prohibición, para la exportación de billetes, monedas extranjeras y metales preciosos amonedados, cuando su valor supere el equivalente a los 10.000 dólares estadounidenses. La aludida normativa generó una serie de conflictos interpretativos en el seno de la justicia , relacionados con la inclusión del dinero dentro del concepto aduanero de mercadería y, como se verá más adelante, de ello depende la configuración del delito de contrabando, claro está, siempre que concurran todos los elementos exigidos en el tipo penal. Con el propósito de llevar a la comprensión del lector la relevancia jurídica de la temática propuesta, se analizarán los precedentes jurisprudencial es que, por distintas líneas de pensamiento, han edificado argumentos jurídicos sólidos que estructuran un sistema judicial que provee soluciones diversas ante situaciones de hecho iguales. Finalmente, pondré en escena de modo hipotético las distintas conductas relacionadas con la introducción y la extracción de dinero en efectivo-al o desde el territorio aduanero- que pueden presentarse en la práctica cotidiana, con el objeto de identificar los posibles encuadres jurídicos en las leyes vigentes y sus consecuencias.spa
dc.descriptionFil: Saporiti, Roberto. Universidad Nacional de La Matanza; Argentina.spa
dc.formatapplication/pdfspa
dc.format.extent39 p.spa
dc.languagespaspa
dc.publisherUniversidad Nacional de La Matanzaspa
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nd/4.0/spa
dc.subjectRESTRICCIONES A LA IMPORTACIONspa
dc.subjectRESTRICCIONES A LA EXPORTACIONspa
dc.subjectBARRERAS NO ARANCELARIASspa
dc.subjectBILLETE DE BANCOspa
dc.titleImportación y exportación de dinero en efectivo. Problemática que representa el encuadre jurídicospa
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesisspa
dc.typeinfo:ar-repo/semantics/tesis de maestríaspa
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionspa
Aparece en las colecciones: Especialización en Gestión Aduanera

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