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Campo DC Valor Lengua/Idioma
dc.rights.licenseLicencia Creative Commons Atribución-Sin Derivados 4.0 Internacional (CC BY-ND 4.0)spa
dc.creatorFouce Álvarez, Juan Manuelspa
dc.date2015spa
dc.date.accessioned2022-02-08T21:25:43Z-
dc.date.available2022-02-08T21:25:43Z-
dc.identifier.citationFouce Álvarez, J. M. (2015). Prescripción [Tesis de Procedimiento Tributario y Ley Penal Tributaria y Previsional de la Universidad Nacional de La Matanza]. Repositorio Digital UNLaM. http://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/884spa
dc.identifier.urihttp://repositoriocyt.unlam.edu.ar/handle/123456789/884spa
dc.descriptionLa necesidad de preservar principios como el orden, la seguridad jurídica y la paz social, requiere que se liquiden situaciones inestables que de lo contrario podrían prolongarse indefinidamente con su secuela de incertezas. Y para ese fin la prescripción juega un papel verdaderamente relevante al punto que se llegó a decir de ella que es la institución más necesaria para el orden social. La ley protege los derechos subjetivos, pero no ampara la desidia, la negligencia, el abandono. Los derechos no pueden mantener su vigencia indefinidamente en el tiempo, no obstante el desinterés del titular, porque ello conspira contra el orden y la seguridad. Transcurridos ciertos plazos legales, mediando petición de parte interesada, la ley declara prescriptos los derechos no ejercidos. Por lo expuesto conceptualizando la prescripción distintos autores han determinado que es: la extinción de un derecho (o para hablar con mayor precisión, la extinción de las acciones derivadas de un derecho) por su abandono por el titular durante el término fijado por la ley. Operada la prescripción como expresan algunos autores (Borda) extingue la acción y no así el derecho ya que este se transforma en una obligación natural no exigible. Otros autores como Spota manifiestan que lo que se extingue el derecho y lo que subsiste es un derecho subjetivo que se transforma en una obligación natural. En definitiva los efectos jurídicos son los mismos. Hay dos clases de prescripción: a) la adquisitiva b) la liberatoria, o prescripción propiamente dicha, que consiste en la pérdida de un derecho por el abandono. Esta última es la que será objeto de nuestro de estudio. Esta prescripción liberatoria no es un instituto a favor de los deudores por lo expuesto hasta aquí, sino que es un llamado a la negligencia de las personas para que ejerzan sus derechos en el tiempo establecido por la ley. Encontrando de esta forma dos elementos fundamentales dentro de este instituto a) la inacción del titular; b) el transcurso del tiempo. Como surge del articulo trascripto, el Código Civil viejo determina ambas prescripciones tanto la, de adquirir como la liberatoria. Enfocando la prescripción a tratar, liberatoria, nuestro viejo Código Civil refería a ella en su art Nº 3949 textualmente como: La prescripción liberatoria es una excepción para repeler una acción por el solo hecho que el que la entabla, ha dejado durante un lapso de tiempo de intentarla, o de ejercer et derecho al cual ella se refiere. El código Civil y Comercial en su redacción expone en su art. 2554, Regla general. El transcurso del plazo de la prescripción comienza el día en que la prestación es exigible. Por lo expuesto en el artículo trascripto de haber como requisitos, transcurso del tiempo y la inactividad del derecho. Pudiendo agregarse a estos, que se trate de derechos o acciones susceptibles de prescribir; que el derecho sea exigible y el titular este en condiciones de hacerlo y que la prescripción sea opuesta por quien este en condiciones de hacerla ejercer. La prescripción opera contra todos los sujetos expone el Cod. Civ. Y Comercial. Art. 2534-Sujetos. La prescripción opera a favor y en contra de todas las personas, excepto disposición legal en contrario. Los acreedores y cualquier interesado pueden oponer la prescripción, aunque el obligado o propietario no la invoque o la renuncie. En este contexto es el objetivo de este trabajo desarrollar el instituto dentro del derecho tributario analizando las reglas generales y cada uno de los artículos que refiere sobre este, la Ley Nº 11.683 como se hará a continuación.spa
dc.descriptionFil: Fouce Álvarez, Juan Manuel. Universidad Nacional de La Matanza; Argentina.spa
dc.formatapplication/pdfspa
dc.format.extent44 p.spa
dc.languagespaspa
dc.publisherUniversidad Nacional de La Matanzaspa
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccessspa
dc.rightshttps://creativecommons.org/licenses/by-nd/4.0/spa
dc.subjectDERECHO TRIBUTARIOspa
dc.subjectDERECHO PRIVADOspa
dc.subjectPROCESO JUDICIALspa
dc.subject.ddc343.04spa
dc.titlePrescripciónspa
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesisspa
dc.typeinfo:ar-repo/semantics/tesis de maestríaspa
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionspa
Aparece en las colecciones: Especialización en Procedimiento Tributario y Ley Penal Tributaria y Previsional

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